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	<title>Asturias Tramita &#187; Servicios Sociales</title>
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		<title>Pensiones no contributivas de invalidez y de jubilación</title>
		<link>http://asturiastramita.es/2010/10/26/pensiones-no-contributivas-de-invalidez-y-de-jubilacion/</link>
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		<pubDate>Tue, 26 Oct 2010 13:48:50 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[AyudasySubvenciones]]></category>
		<category><![CDATA[Ciudadanía]]></category>
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		<category><![CDATA[Servicios Sociales]]></category>
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		<description><![CDATA[Las políticas sociales que se llevan a cabo en nuestro país permiten que las personas que no tienen rentas o ingresos suficientes para llegar a fin de mes, puedan optar a pensiones o pagos establecidos por ley.
Para acercar la administración a la ciudadanía, desde la web del gobierno del Principado de Asturias, www.asturias.es,  se pueden [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/10/pension.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-10256" title="pension" src="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/10/pension.jpg" alt="" width="226" height="223" /></a>Las políticas sociales que se llevan a cabo en nuestro país permiten que las personas que no tienen rentas o ingresos suficientes para llegar a fin de mes, puedan optar a pensiones o pagos establecidos por ley.</p>
<p>Para acercar la administración a la ciudadanía, desde la web del gobierno del Principado de Asturias, www.asturias.es,  se pueden solicitar estas ayudas. Desde casa, o cualquier ordenador conectado a Internet, podemos solicitar estas pensiones no contributivas, sin necesidad de coger el coche o el autobús.</p>
<p>Te vamos a contar en que consisten. Son dos las ayudas, una es la pensión de invalidez y otra la de jubilación, pero ambas son no contributivas, y&#8230;¿cómo podemos solicitarlas por Internet?  Presta atención:</p>
<p>Tienes que acceder al portal <a href="http://www.asturias.es">www.asturias.es</a> y una vez dentro, tener a mano o instalado tu certificado digital (FNMT o DNIe) y entrar en una de las siguientes fichas de servicio correspondiente a la pensión que vayas a solicitar:</p>
<blockquote>
<ul> <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=8fc5c159b5d4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=bc3193a312660210VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es&amp;f1=1287093600000&amp;f2=1609455600000&amp;f3=28846800000&amp;f4=1287093600000&amp;id1=0">Pensión de invalidez no contributiva</a><br />
<a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=ccc5c159b5d4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=bc3193a312660210VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es&amp;f1=1287093600000&amp;f2=1609455600000&amp;f3=28846800000&amp;f4=1287093600000&amp;id1=0">Pensión de jubilación no contributiva</a></ul>
</blockquote>
<p>A partir de aquí ya puedes iniciar el trámite siguiendo unas breves indicaciones:</p>
<blockquote>
<ul>
<li>1. Identifícate con tu certificado digital, para saber quién eres, por medios electrónicos.</li>
<li>2. Rellena la solicitud cumplimentando todos los datos.</li>
<li>3. No te olvides de adjuntar la documentación requerida.</li>
<li>4. Comprueba los datos y la documentación para verificar que no se te olvida nada.</li>
<li> 5. Firma la solicitud.</li>
<li> 6. Obtén el justificante de haber realizado la tramitación telemática. Éste tiene exactamente la misma validez legal que el papel que nos entregan de forma presencial.</li>
</ul>
</blockquote>
<p>Para que te resulte más fácil solicitar las pensiones y no haya error, debes leer la <strong>normativa</strong> que viene asociada en la ficha de servicio de cada pensión; de todas formas, te vamos  a resumir lo que te conviene saber antes de que inicies la solicitud.</p>
<p><strong>Requisitos pensión de invalidez no contributiva</strong></p>
<p>1. Carecer de rentas o ingresos suficientes. Existe insuficiencia de recursos cuando los ingresos anuales de que lo solicita no supera la cuantía anual de las pensiones no contributivas fijada en los correspondientes Presupuestos Generales del Estado. Si la persona solicitante convive con otras personas es necesario que la suma de las rentas o ingresos de todas las personas que conviven sea inferior al límite de acumulación de recursos (equivalente a la suma de la cuantía anual de la pensión no contributiva de invalidez más el 70% de esta cuantía, multiplicada por el número de convivientes menos uno). Este límite de acumulación de recursos debe multiplicarse dos veces y media, cuando quien realiza la solicitud conviva con sus padres o sus hijas e hijas.<br />
2. Estar afectado/a por una minusvalía o enfermedad crónica en grado igual o superior al 65%.<br />
3. Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante un mínimo de 5 años, de los cuales 2 deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.<br />
4. Ser mayor de 18 y menor de 65 años de edad en la fecha de la solicitud.</p>
<p><strong>Requisitos pensión de jubilación no contributiva</strong></p>
<p>1.Personas con 65 o más años que no hayan cotizado nunca o el tiempo de cotización sea insuficiente para alcanzar las prestaciones contributivas que reconoce la Seguridad Social.<br />
2. Debe residir legalmente en territorio nacional y haberlo hecho durante 10 años, entre la edad de 16 años y la edad de devengo de la pensión, de los cuales 2 deberán ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión.<br />
3. Tiene que carecer de rentas o ingresos suficientes.</p>
<p>Recuerda, el plazo está abierto todo el año, así que ya sabes, solicítalas por Internet que sólo te va a llevar un par de minutos. <img src='http://asturiastramita.es/wp-includes/images/smilies/icon_smile.gif' alt=':)' class='wp-smiley' /> </p>
<p>Ficha del servicio | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=8fc5c159b5d4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=bc3193a312660210VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es&amp;f1=1287093600000&amp;f2=1609455600000&amp;f3=28846800000&amp;f4=1287093600000&amp;id1=0">Pensión de invalidez no contributiva</a><br />
Documento | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.daa404ed8ea6405eb180b41063200030/?vgnextoid=8fc5c159b5d4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=bc3193a312660210VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextfmt=normativa&amp;i18n.http.lang=es&amp;pagini=1&amp;canalSeleccionado=2">Normativa de referencia</a></p>
<p>Ficha del servicio | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=ccc5c159b5d4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=bc3193a312660210VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es&amp;f1=1287093600000&amp;f2=1609455600000&amp;f3=28846800000&amp;f4=1287093600000&amp;id1=0">Pensión de jubilación no contributiva</a><br />
Documento | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.daa404ed8ea6405eb180b41063200030/?vgnextoid=ccc5c159b5d4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=bc3193a312660210VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextfmt=normativa&amp;i18n.http.lang=es&amp;pagini=1&amp;canalSeleccionado=2">Normativa de referencia</a></p>
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		<item>
		<title>Salario social básico</title>
		<link>http://asturiastramita.es/2010/10/08/salario-social-basico/</link>
		<comments>http://asturiastramita.es/2010/10/08/salario-social-basico/#comments</comments>
		<pubDate>Fri, 08 Oct 2010 10:22:14 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[AyudasySubvenciones]]></category>
		<category><![CDATA[Ciudadanía]]></category>
		<category><![CDATA[Servicios Sociales]]></category>
		<category><![CDATA[Trámites Principado Asturias]]></category>
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		<description><![CDATA[Información sobre cómo utilizar el servicio electrónico del Gobierno del Principado de Asturias (www.asturias.es) que permite solicitar el salario social básico.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/10/esperanza.png"><img class="alignleft size-medium wp-image-9824" title="esperanza" src="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/10/esperanza-300x197.png" alt="" width="300" height="197" /></a>Lamentablemente, carecer de recursos económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas es una situación que se repite más de lo que nos gustaría.</p>
<p>Consciente de ello, y para favorecer la incorporación e inserción de las personas y colectivos en riesgo, el Principado de Asturias gestiona la <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=ae94438ac767f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=c295242274c5e010VgnVCM1000000100007fRCRD&amp;i18n.http.lang=es">prestación económica periódica (el Salario Social Básico)</a>, que conlleva la participación en programas integrales en busca de este objetivo.</p>
<p>La ayuda se otorga exclusivamente con fines alimenticios en beneficio de todos los miembros de la unidad de convivencia y para acceder a ella es necesario cumplir los siguientes <strong>requisitos</strong>:</p>
<blockquote>
<ul>
<li>1. Estar empadronados/as en el Principado de Asturias y tener residencia efectiva e ininterrumpida por un tiempo no inferior a los 2 años inmediatamente anteriores a la solicitud del salario social básico.</li>
<li>2. Constituir una unidad económica de convivencia independiente como mínimo desde los 6 meses anteriores a la solicitud.</li>
<li>3. Carecer de recursos económicos superiores a los módulos establecidos en el <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.1003733838db7342ebc4e191100000f7/?vgnextoid=d7d79d16b61ee010VgnVCM1000000100007fRCRD&amp;fecha=04/11/2005&amp;refArticulo=2005-2104001&amp;i18n.http.lang=es">artículo 4 de la Ley 4/2005, de 28 de octubre</a>, en relación con las Leyes de Presupuestos Generales del Principado de Asturias de cada ejercicio.</li>
<li>4. Haber solicitado previamente, de las personas y organismos correspondientes, las pensiones y prestaciones económicas vigentes a las que tenga derecho cualquier miembro de la unidad de convivencia, incluyendo acciones legales por impago de derechos de alimentos.</li>
<li>5. Para integrantes de la unidad familiar de convivencia cuya edad, salud y situación familiar les permita ejercer una actividad profesional, la percepción del salario social básico se supeditará a la búsqueda activa de empleo en los términos legales establecidos.</li>
<li>6. Suscribir el compromiso de acordar, en un plazo no superior a un mes, el programa personalizado de incorporación social previsto en el art. 30 de la Ley 4/2005, de 28 de octubre (BOPA 255, de 4 de noviembre de 2005).</li>
<li>7. Si en una misma unidad de convivencia existieran varias personas que pudieran ser titulares del salario social básico, sólo se otorgará la ayuda a una de ellas.</li>
</ul>
</blockquote>
<p>Esta ayuda se puede solicitar durante todo el año, también a través de Internet,  si dispones de Certificado Digital, el del DNI, por ejemplo. <strong>¿Cómo hacerlo?</strong> Tienes que acceder a <a href="http://www.asturias.es">www.asturias.es</a>, el Portal del Gobierno del Principado de Asturias. Una vez dentro, tendrás que fijarte bien en la parte central de la web, en la sección “<em>oficina virtual</em>”, allí encontrarás un apartado que se llama “<em>ayudas y subvenciones</em>” y verás fácilmente el enlace directo a la ficha de servicio del <strong><a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=ae94438ac767f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=c295242274c5e010VgnVCM1000000100007fRCRD&amp;i18n.http.lang=es">salario social básico</a></strong>.</p>
<p>Recuerda los pasos que a continuación te detallamos y en un par de minutos tendrás tu petición realizada:</p>
<blockquote>
<ul>
<li>1. Identifícate con tu certificado digital, para saber quién eres, por medios electrónicos.</li>
<li>2. Rellena la solicitud cumplimentando todos los datos.</li>
<li>3. No te olvides de adjuntar la documentación requerida.</li>
<li>4. Comprueba los datos y la documentación para verificar que no se te olvida nada.</li>
<li>5. Firma la solicitud.</li>
<li>6. Obtén el justificante de haber realizado la tramitación telemática. Éste tiene exactamente la misma validez legal que el papel que nos entregan de forma presencial.</li>
</ul>
</blockquote>
<p>Es importante que sepas que la ayuda persistirá mientras la unidad de convivencia cumpla los requisitos establecidos en la Ley 4/2005 citada anteriormente.</p>
<p>Si te encuentras en una situación difícil, no lo dudes, consulta la normativa y solicítala.</p>
<p>Ficha del servicio | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=ae94438ac767f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=c295242274c5e010VgnVCM1000000100007fRCRD&amp;i18n.http.lang=es">Salario Social Básico</a><br />
Convocatoria | <a href="http://download.princast.es/bopa/disposiciones/repositorio/LEGISLACION10/66/1/001U002DRV0003.pdf">Bases</a><br />
Documento |<a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.daa404ed8ea6405eb180b41063200030/?vgnextoid=ae94438ac767f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=c295242274c5e010VgnVCM1000000100007fRCRD&amp;vgnextfmt=normativa&amp;i18n.http.lang=es&amp;pagini=1&amp;canalSeleccionado=2"> Normativa de referencia</a><br />
Documento de interés | <a href="http://www.asturias.es/Asturias/SERVICIOS/FICHEROS_RELACIONADOS/200626240_cuantias_2010.pdf">Cuantías 2010</a></p>
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		</item>
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		<title>Ayudas a mujeres víctimas de violencia de género</title>
		<link>http://asturiastramita.es/2010/10/01/ayudas-a-mujeres-victimas-de-violencia-de-genero/</link>
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		<pubDate>Fri, 01 Oct 2010 09:29:12 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[AyudasySubvenciones]]></category>
		<category><![CDATA[Ciudadanía]]></category>
		<category><![CDATA[Servicios Sociales]]></category>
		<category><![CDATA[Trámites Principado Asturias]]></category>
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		<category><![CDATA[violencia]]></category>

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		<description><![CDATA[Información sobre cómo utilizar el servicio electrónico del Gobierno del Principado de Asturias (www.asturias.es) que permite solicitar Ayudas a mujeres víctimas de violencia de género.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/09/violencia-de-género.jpg"><img class="alignright size-medium wp-image-9645" title="violencia de género" src="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/09/violencia-de-género-300x195.jpg" alt="" width="300" height="195" /></a></p>
<p>Hoy queremos hacernos eco de unas ayudas dirigidas a <strong><a title="Ayudas dirigidas a las mujeres víctimas de violencia de género" href="http://www.asturias.es/bopa/disposiciones/repositorio/LEGISLACION11/66/3/001U002I3E0002.pdf" target="_self">las mujeres que son víctimas de violencia de género.</a> </strong></p>
<p>Estas compensaciones económicas las concede el <em>Gobierno del Principado de Asturias a </em>las mujeres víctimas de esta violencia que tienen un determinado nivel de rentas y con especial dificultad para encontrar un empleo. La finalidad de las mismas es que puedan disponer de unos recursos de subsistencia, y de esta forma, poder independizarse de su agresor.</p>
<p>El trámite se puede realizar por Internet, sin necesidad de desplazamientos ni papeles, de manera rápida y sencilla, a través de la web del portal <a href="http://www.asturias.es">www.asturias.es</a>. Mediante este <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=abcefe3f6fd4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=b0c3b8db8222a010VgnVCM100000bb030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es&amp;vgnextfmt="><strong>enlace</strong></a> se puede iniciar la solicitud telemática, pero como siempre, es muy recomendable leerse la normativa con cuidado para conocer los requisitos exigidos y conocer la documentación requerida. Estas ayudas se pueden solicitar durante todo el año.</p>
<p>Indicamos a continuación y de forma breve los pasos a seguir para realizar el trámite de forma telemática, a través de internet. Lo primero, es preciso disponer del certificado digital, el de DNIe  por ejemplo y seguir  estas sencillas instrucciones:</p>
<blockquote>
<ul>
<li>1. Identificarse, con Certificado Digital.</li>
<li>2. Cumplimentar todos los datos requeridos en la solicitud.</li>
<li>3. Aportar los documentos necesarios.</li>
<li>4. Comprobar que los datos se han incluido y los archivos adjuntos.</li>
<li>5. Firmar electrónicamente la solicitud, es decir, estampar la firma pero en formato digital.</li>
<li>6. Obtener el justificante de la solicitud, a modo de reguardo (recuerda guardarlo y/o imprimirlo)</li>
</ul>
</blockquote>
<p>Ojalá la violencia de género se erradicara de nuestra sociedad y no fueran necesarias estas ayudas. Hasta entonces, Asturias Tramita también  <a title="Saca Tarjeta Roja al Maltratador" href="http://www.sacatarjetaroja.es/" target="_blank"><strong>&#8220;Saca tarjeta roja al maltratador&#8221;</strong></a><strong>.</strong></p>
<p>Ficha del servicio | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=abcefe3f6fd4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=b0c3b8db8222a010VgnVCM100000bb030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es&amp;f1=1281045600000&amp;f2=1609455600000&amp;f3=28846800000&amp;f4=1281045600000&amp;id1=0">Ayudas a mujeres víctimas de violencia de género </a><br />
Documento | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.daa404ed8ea6405eb180b41063200030/?vgnextoid=abcefe3f6fd4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=b0c3b8db8222a010VgnVCM100000bb030a0aRCRD&amp;vgnextfmt=normativa&amp;i18n.http.lang=es&amp;pagini=1&amp;canalSeleccionado=2">Normativa de referencia</a></p>
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		</item>
		<item>
		<title>Subvenciones a asociaciones para programas dirigidos a la prevención y a la inserción de colectivos en riesgo de exclusión</title>
		<link>http://asturiastramita.es/2010/09/23/subvenciones-a-asociaciones-para-programas-dirigidos-a-la-prevencion-y-a-la-insercion-de-colectivos-en-riesgo-de-exclusion/</link>
		<comments>http://asturiastramita.es/2010/09/23/subvenciones-a-asociaciones-para-programas-dirigidos-a-la-prevencion-y-a-la-insercion-de-colectivos-en-riesgo-de-exclusion/#comments</comments>
		<pubDate>Thu, 23 Sep 2010 15:53:18 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Asociaciones]]></category>
		<category><![CDATA[AyudasySubvenciones]]></category>
		<category><![CDATA[Servicios Sociales]]></category>
		<category><![CDATA[Trámites Principado Asturias]]></category>
		<category><![CDATA[asociaciones]]></category>
		<category><![CDATA[exclusión]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://asturiastramita.es/?p=9416</guid>
		<description><![CDATA[Información sobre cómo utilizar el servicio electrónico del Gobierno del Principado de Asturias (www.asturias.es) que permite solicitar Subvenciones a asociaciones para programas dirigidos a la prevención y a la inserción de colectivos en riesgo de exclusión]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/09/societari.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-9431" title="societari" src="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/09/societari.jpg" alt="" width="300" height="294" /></a>Hay muchas personas y familias completas que están pasando por situaciones realmente complejas, sin recursos, sin un lugar donde acudir&#8230;  Afortunadamente, hay entidades que ponen en marcha programas muy interesantes dirigidos a estos colectivos. A estos organismos está dirigida la convocatoria <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=153b800a7a81a210VgnVCM10000097030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es">subvenciones a favor de entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas dirigidos a la prevención y a la inserción de colectivos en riesgo de exclusión</a>, del Principado de Asturias.</p>
<p>Con estas ayudas se pretende dar respuesta a las necesidades actuales para conseguir una mejor calidad de vida, evitando la exclusión de los sectores más desfavorecidos e impulsando el bienestar social. Para alcanzar dicho objetivo, existen dos líneas de ayudas dirigidas a asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas de acción social:</p>
<blockquote>
<ul>
<li>Línea 1: Programas ordinarios propuestos por las entidades interesadas para la promoción y el apoyo de colectivos en situación de vulnerabilidad social.</li>
<li>Línea 2: Programas estratégicos en el marco del Plan Autonómico de Inclusión Social 2009 – 2011, respecto de los que la Consejería de Bienestar Social y Vivienda considera fundamental el mantenimiento de su desarrollo.</li>
</ul>
</blockquote>
<p>Es importante que leas bien la <a href="http://www.asturias.es/bopa/disposiciones/repositorio/LEGISLACION37/66/2/001U004FD40001.pdf">normativa</a> en la que se detallan los requisitos que deben cumplir las entidades beneficiarias, los gastos excluyentes y los programas o proyectos que no pueden ser objeto de esta subvención.</p>
<p>Destacar, que en el caso de entidades que hayan concurrido, en el presente ejercicio o en los dos últimos, a ésta o a otra convocatoria de subvenciones promovida por la Consejería de Bienestar Social y Vivienda, y siempre que la documentación que hayan presentado para ello no haya sufrido ninguna alteración, deberán presentar junto con la solicitud, haciendo constar de forma visible esa circunstancia, sólo los siguientes documentos:</p>
<blockquote>
<ul>
<li>1. Descripción explicativa del proyecto o programa.</li>
<li>2. Memoria descriptiva. En el caso de haber recibido una subvención para el programa que se solicita en el ejercicio anterior.</li>
<li>3. Certificado que acredite el cumplimiento de los establecido en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.</li>
</ul>
</blockquote>
<p>La solicitud puede tramitarse por Internet a través de este <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=153b800a7a81a210VgnVCM10000097030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es">enlace</a> de nuestro portal favorito, <a href="http://www.asturias.es">www.asturias.es</a>. Sólo necesitas disponer de Certificado digital (el del DNIe o el de la FNMT) y seguir los pasos que a continuación te enumeramos, así no se te olvidará nada y sin darte cuenta ya habrás presentado tu petición:</p>
<blockquote>
<ul>
<li>Antes de nada, identifícate, es una de las ventajas del Certificado digital. <img src='http://asturiastramita.es/wp-includes/images/smilies/icon_smile.gif' alt=':)' class='wp-smiley' /> </li>
<li>Rellena la solicitud, cumplimentando los datos.</li>
<li>Adjunta la documentación requerida.</li>
<li>No te olvides de repasar y comprobar todos los datos que has rellenado y de corregir aquello que estuviera incompleto.</li>
<li>Firma electrónicamente.</li>
<li>Y no te olvides de obtener el justificante de la solicitud.</li>
</ul>
</blockquote>
<p>Sencillo, ¿verdad? pues en sólo unos minutos puedes rellenar tu petición para ayudar a quienes más lo necesitan. Recuerda que <strong>el plazo finaliza el 29 de septiembre</strong>, queda muy poco, así que consulta todas las condiciones, prepara la documentación y envía tu solicitud.</p>
<p>Ficha del servicio | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=153b800a7a81a210VgnVCM10000097030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es">Subvenciones a favor de entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas dirigidos a la prevención y a la inserción de colectivos en riesgo de exclusión.</a><br />
Convocatoria | <a href="http://www.asturias.es/bopa/disposiciones/repositorio/LEGISLACION37/66/2/001U004FD60002.pdf">Bases</a><br />
Documento | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=153b800a7a81a210VgnVCM10000097030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es">Normativa de referencia</a></p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://asturiastramita.es/2010/09/23/subvenciones-a-asociaciones-para-programas-dirigidos-a-la-prevencion-y-a-la-insercion-de-colectivos-en-riesgo-de-exclusion/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>Subvenciones para el desarrollo de programas dirigidos a la infancia y las familias</title>
		<link>http://asturiastramita.es/2010/09/21/subvenciones-para-el-desarrollo-de-programas-dirigidos-a-la-infancia-y-las-familias/</link>
		<comments>http://asturiastramita.es/2010/09/21/subvenciones-para-el-desarrollo-de-programas-dirigidos-a-la-infancia-y-las-familias/#comments</comments>
		<pubDate>Tue, 21 Sep 2010 14:23:16 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Asociaciones]]></category>
		<category><![CDATA[AyudasySubvenciones]]></category>
		<category><![CDATA[Servicios Sociales]]></category>
		<category><![CDATA[Trámites Principado Asturias]]></category>
		<category><![CDATA[asociaciones]]></category>
		<category><![CDATA[familia]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://asturiastramita.es/?p=9240</guid>
		<description><![CDATA[
Es difícil imaginar lo que aportan las asociaciones que tienen como fin ayudar a la integración familiar, especialmente en el ámbito de la infancia y adolescencia.
Estos entes son decisivos a la hora de llevar a cabo los programas de servicios sociales especializados ya que se encargan de diseñar y ejecutar intervenciones de mayor complejidad técnica [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/09/proteccion-menor-5.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-9276" title="proteccion menor 5" src="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/09/proteccion-menor-5-300x207.jpg" alt="" width="300" height="207" /></a></p>
<p>Es difícil imaginar lo que aportan las <strong>asociaciones</strong> que tienen como fin ayudar a la integración familiar, especialmente en el ámbito de la infancia y adolescencia.</p>
<p>Estos entes son decisivos a la hora de llevar a cabo los programas de servicios sociales especializados ya que se encargan de diseñar y ejecutar intervenciones de mayor complejidad técnica e intensidad de atención que las realizadas por los servicios sociales generales a través de centros, servicios y programas dirigidos a personas y colectivos que requieren de una atención específica.</p>
<p>Si eres una de estas personas solidarias o conoces a alguna amiga o amigo que pertenezca a este tipo de <strong>asociación</strong> presta atención a esta convocatoria de <em><strong><a href="http://www.asturias.es/bopa/disposiciones/repositorio/LEGISLACION37/66/2/001U004FD70001.pdf">subvenciones para el desarrollo de programas dirigidos a la Infancia y las Familias en el ámbito de los Servicios Sociales Especializados</a> </strong><span style="font-style: normal;">convocada por el Gobierno del Principado de Asturias.</span></em></p>
<p>El plazo de solicitud está abierto desde el <strong>10</strong> de <strong>septiembre</strong> hasta el próximo <strong>29</strong> de <strong>septiembre</strong> de este año 2010 y el trámite para acogerse a estas ayudas se puede realizar de manera muy sencilla por <strong>Internet</strong>, a través de este <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=0385083f19e9a210VgnVCM10000097030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es">enlace</a> de la web de asturias.es. Sólo hace falta el certificado digital (el del <a title="DNI electrónico" href="http://www.dnie.es" target="_blank">DNI electrónico</a> o el de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y seguir los siguientes pasos:</p>
<blockquote>
<ul>
<li>1. Identificación, con certificado digital (el del DNIe o el de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre).</li>
<li> 2. Cumplimentar datos de la solicitud.</li>
<li> 3. Aportar toda la documentación requerida.</li>
<li>4. Comprobar que son correctos la información y los archivos aportados.</li>
<li> 5. Firmar la solicitud electrónicamente.</li>
<li>6. Obtener el justificante de haber realizado la solicitud.</li>
</ul>
</blockquote>
<p>Antes de que inicies el trámite conviene que te leas detenidamente la normativa relacionada con la ficha del servicio para que no te dejes nada en el tintero, por este motivo, te vamos a indicar de manera resumida unos requisitos que hay que tener en cuenta desde el principio.</p>
<p><strong>Los requisitos para poder optar a estas subvenciones son:</strong></p>
<blockquote>
<ul>
<li>
<ul>
<li>Estar legalmente constituidas como asociación.</li>
<li>Carecer de ánimo de lucro, circunstancia que debe reflejarse explícitamente en sus Estatutos.</li>
<li>En el caso de fundaciones, haber presentado las cuentas anuales de acuerdo a lo establecido por la Ley 50/2002 de 26 de diciembre, de Fundaciones.</li>
<li>Que su funcionamiento interno sea democrático.</li>
</ul>
</li>
</ul>
</blockquote>
<p><strong> Hay dos líneas de valoración:</strong></p>
<blockquote>
<ul> <strong>Línea 1:</strong> Programas esenciales por su repercusión: Programas de preservación infantil familiar y de colaboración en medidas de protección a la infancia desarrollados por instituciones colaboradoras de integración familiar habilitadas.</p>
<p><strong>Línea 2:</strong> Programas dirigidos a promover la inciciativa social no lucrativa en los ámbitos del bienestar infantil, el apoyo a las familias y la participación infantil y juvenil.</ul>
</blockquote>
<p>Para tener derecho a subvención habrá de obtenerse un mínimo de <strong>14 puntos</strong> entre ambas valoraciones.</p>
<p>Ficha del servicio |  <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=0385083f19e9a210VgnVCM10000097030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es">Subvenciones para el desarrollo de programas dirigidos a la Infancia y las Familias en el ámbito de los Servicios sociales especializados</a><br />
Convocatoria | <a href="http://www.asturias.es/bopa/disposiciones/repositorio/LEGISLACION37/66/2/001U004FD70001.pdf">Bases</a><br />
Documento | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.daa404ed8ea6405eb180b41063200030/?vgnextoid=0385083f19e9a210VgnVCM10000097030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=57d6f8bd2f08f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextfmt=normativa&amp;i18n.http.lang=es&amp;pagini=1&amp;canalSeleccionado=2">Normativa de referencia</a></p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://asturiastramita.es/2010/09/21/subvenciones-para-el-desarrollo-de-programas-dirigidos-a-la-infancia-y-las-familias/feed/</wfw:commentRss>
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		</item>
		<item>
		<title>Subvenciones para la acogida e integración social de personas inmigrantes</title>
		<link>http://asturiastramita.es/2010/09/14/subvenciones-para-la-acogida-e-integracion-social-de-personas-inmigrantes/</link>
		<comments>http://asturiastramita.es/2010/09/14/subvenciones-para-la-acogida-e-integracion-social-de-personas-inmigrantes/#comments</comments>
		<pubDate>Tue, 14 Sep 2010 10:36:08 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Asociaciones]]></category>
		<category><![CDATA[AyudasySubvenciones]]></category>
		<category><![CDATA[Servicios Sociales]]></category>
		<category><![CDATA[Trámites Principado Asturias]]></category>
		<category><![CDATA[acogida]]></category>
		<category><![CDATA[asociaciones]]></category>
		<category><![CDATA[inmigrantes]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://asturiastramita.es/?p=9249</guid>
		<description><![CDATA[¿Quién no tiene a alguna persona conocida o familia que en algún momento de su vida emprendió un nuevo camino hacia otro país?  Así que sabemos lo difícil y duro que puede llegar a ser adaptarse a ese nuevo país de acogida.  Las personas inmigrantes se enfrentan muchas veces al reto de aprender nuevas lenguas, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/09/mano.gif"><img class="alignleft size-full wp-image-9293" title="mano" src="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/09/mano.gif" alt="" width="300" height="233" /></a>¿Quién no tiene a alguna persona conocida o familia que en algún momento de su vida emprendió un nuevo camino hacia otro país?  Así que sabemos lo difícil y duro que puede llegar a ser adaptarse a ese nuevo país de acogida.  Las personas inmigrantes se enfrentan muchas veces al reto de aprender nuevas lenguas, costumbres, culturas, pero también tienen que sortear la discriminación, los prejuicios, el racismo&#8230;</p>
<p>Ante este situación es importante llevar a cabo programas que ayuden a mejorar la integración social de estas personas que están viviendo esta situación en Asturias y hoy te informamos de que la Consejería de Bienestar Social y Vivienda del Gobierno del Principado de Asturias ha convocado <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.1003733838db7342ebc4e191100000f7/?vgnextoid=d7d79d16b61ee010VgnVCM1000000100007fRCRD&amp;fecha=02/09/2010&amp;refArticulo=2010-18426">subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas o proyectos en el ámbito de la acogida e integración social de personas inmigrantes dentro del territorio del Principado de Asturias</a>.</p>
<p>Los Servicios Sociales tienen que dar respuesta a las necesidades actuales para conseguir una mejor calidad de vida, evitar la exclusión de los sectores más desfavorecidos e impulsar el bienestar.</p>
<p>Estas ayudas están dirigidas a Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas o proyectos dirigidos a la integración de la población inmigrante y pueden solicitarse, también por Internet, desde el<strong> 3 de septiembre y hasta el 22 septiembre de 2010</strong>.</p>
<p>Existen dos líneas de ayuda que a continuación te resumo:</p>
<blockquote>
<ul>
<li>Línea 1- Programas ordinarios de acogida e integración de inmigrantes</li>
<p>(cada uno tiene una puntuación diferente):</p>
<p>- Entre las mismas se encuentran la acogida integral de personas inmigrantes que incluyan acciones de introducción a la sociedad de acogida, acogida especializada de personas inmigrantes en situación de vulnerabilidad, programas integrales dirigidos a colectivos específicos, actuaciones de lucha contra la discriminación, actuaciones dirigidas a facilitar la integración social de las mujeres inmigrantes, iniciativas que fomenten el diálogo intercultural y la convivencia, actuaciones que promuevan una imagen positiva de la inmigración y combatan los prejuicios y estereotipos.</p>
<li>Línea 2- Programas singulares por su repercusión y experiencia:</li>
<p>realización de estudios e investigaciones en materia de inmigración, socio-sanitarias en materia de prostitución e inmigración y realización de actuaciones de mediación y traducción intercultural.</ul>
</blockquote>
<p>Es importante que sepas que la documentación a aportar es diferente para entidades que concurran por primera vez a cualquier subvención de la consejería de bienestar social y vivienda que para las que hayan concurrido en este o en los dos últimos ejercicios a subvenciones de esta Consejería.</p>
<p>Para solicitar estas ayudas a través de Internet necesitas disponer de Certificado digital (ya sabes, el del DNI electrónico o el de la FNMT o DNIe) y seguir los pasos que te detallamos:</p>
<blockquote>
<ul>
<li>En primer lugar, identifícate</li>
<li>Rellena los datos requeridos en la solicitud</li>
<li>Cumplimenta los datos identificativos de la solicitud</li>
<li>No te olvides de adjuntar la documentación requerida</li>
<li>Comprueba la información y archivos adjuntados</li>
<li>Firma electrónicamente la solicitud</li>
<li>Y por último, obtén tu justificante de haber realizado este trámite de forma telemática.</li>
</ul>
</blockquote>
<p>Es muy importante que sepas que hay que cumplir una serie de requisitos que puedes consultar en la normativa de referencia, es importante que prestes atención para conocer todos los detalles.</p>
<p>Ah! y no olvides que <strong>estas ayudas serán incompatibles con otras subvenciones para programas o proyectos en materia de inclusión social que conceda la Consejería de Bienestar Social y Vivienda</strong>.</p>
<p>Si después de consultar la normativa ves que cumples todos los requisitos y que estas ayudas te interesan, adelante, no pierdas tiempo y tramita tu solicitud, ayudarás a la sociedad y a las personas inmigrantes que te necesitan.</p>
<p>Ficha de servicio | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=9f0afe3f6fd4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es">Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas o proyectos en el ámbito de la acogida e integración social de personas inmigrantes dentro del territorio del Principado de Asturias.</a><br />
Bases | <a href="http://www.asturias.es/bopa/disposiciones/repositorio/LEGISLACION37/66/2/001U004F9X0001.pdf">Normativa básica</a><br />
Convocatoria | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.1003733838db7342ebc4e191100000f7/?vgnextoid=d7d79d16b61ee010VgnVCM1000000100007fRCRD&amp;fecha=02/09/2010&amp;refArticulo=2010-18426">Bases</a><br />
Documento | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.daa404ed8ea6405eb180b41063200030/?vgnextoid=9f0afe3f6fd4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=30bd7650f8f19010VgnVCM100000bb030a0aRCRD&amp;vgnextfmt=normativa&amp;i18n.http.lang=es&amp;pagini=1&amp;canalSeleccionado=3">Normativa relacionada</a></p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://asturiastramita.es/2010/09/14/subvenciones-para-la-acogida-e-integracion-social-de-personas-inmigrantes/feed/</wfw:commentRss>
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		</item>
		<item>
		<title>Ayudas individuales para el apoyo al acogimiento familiar de menores</title>
		<link>http://asturiastramita.es/2010/09/13/ayudas-individuales-para-el-apoyo-al-acogimiento-familiar-de-menores/</link>
		<comments>http://asturiastramita.es/2010/09/13/ayudas-individuales-para-el-apoyo-al-acogimiento-familiar-de-menores/#comments</comments>
		<pubDate>Mon, 13 Sep 2010 10:13:09 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[AyudasySubvenciones]]></category>
		<category><![CDATA[Ciudadanía]]></category>
		<category><![CDATA[Servicios Sociales]]></category>
		<category><![CDATA[Trámites Principado Asturias]]></category>
		<category><![CDATA[acogimiento]]></category>
		<category><![CDATA[familia]]></category>
		<category><![CDATA[menores]]></category>
		<category><![CDATA[ServiciosSociales]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://asturiastramita.es/?p=9122</guid>
		<description><![CDATA[Información sobre cómo utilizar el servicio electrónico del Gobierno del Principado de Asturias (www.asturias.es) que permite solicitar las Ayudas individuales para el apoyo al acogimiento familiar de menores]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/09/shutterstock_2746447.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-9152" title="shutterstock_2746447" src="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/09/shutterstock_2746447-300x295.jpg" alt="" width="300" height="295" /></a>Algunas familias optan por poner a su cargo a menores de edad en régimen de <strong>acogimiento</strong>, así que son de agradecer las ayudas y apoyo que se ofrecen desde las diferentes administraciones públicas. Este colectivo, el de menores, es de los que más atención y cuidado precisan y por ello el papel de estas familias de acogida es tan importante.</p>
<p>Hace unos días se ha publicado la convocatoria de <strong><a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=19975a8a9ad4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es">ayudas individuales al acogimiento familiar de menores</a></strong> y aquí te vamos a explicar, en qué consisten y cómo podemos solicitarlas. Presta atención.</p>
<p>Estas ayudas económicas que concede el Gobierno del Principado de Asturias (ver <a href="http://www.asturias.es/bopa/disposiciones/repositorio/LEGISLACION37/66/2/001U004F9W0001.pdf">BOPA</a>), están dirigidas a aquellas personas físicas que tengan a su cargo menores en régimen de acogimiento y tienen como objeto subvencionar gastos corrientes realizados durante el ejercicio 2010 relativos a la manutención y así como otros asociados al acogimiento de las y los menores.</p>
<p>Para solicitar estas ayudas no es necesario desplazarse ya que la puedas hacer desde casa, por Internet, a través de <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=19975a8a9ad4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es">este enlace</a> del Portal del Principado <strong>www.asturias.es</strong>.</p>
<p>El plazo de solicitud está abierto desde el <strong>3 de septiembre</strong> hasta el próximo <strong>27 de septiembre</strong> de 2010. Si vas a solicitar la subvención a través de Internet simplemente debes utilizar tu certificado digital (el del DNIe o el de la FNMT) y seguir los pasos que te indicamos a continuación:</p>
<blockquote>
<ul>
<li>1. Identificarse, con Certificado Digital.</li>
<li>2. Cumplimentar todos los datos requeridos en la solicitud.</li>
<li>3. Aportar los documentos necesarios.</li>
<li>4. Comprobar los datos que has incluido y los archivos adjuntos.</li>
<li>5. Firmar electrónicamente la solicitud, es decir, estampar tu firma pero en el archivo.</li>
<li>6. Obtener el justificante de la solicitud.</li>
</ul>
</blockquote>
<p>Recuerda que es preciso leer bien la normativa y cumplir con los requisitos de la ficha de servicio. Asimismo, conviene saber que para la cuantía máxima de la ayuda se tendrán en cuenta los siguientes parámetros:</p>
<blockquote>
<ul>
<li>Renta per cápita media mensual de la unidad familiar.</li>
<li>Existencia de una o varias circunstancias especiales (están indicadas en la convocatoria).</li>
<li>Reconocimiento de la condición de discapacidad del menor o menores acogidos por los Centros de Valora­ción y Orientación (EVOS).</li>
</ul>
</blockquote>
<p>Una vez obtenida la renta per cápita media mensual de la unidad familiar y fijado el importe de la ayuda por menor/mes, esta cuantía será incrementada por cada circunstancia especial que concurra, todo ello conforme a la tabla que se contiene en la convocatoria.</p>
<p>Para el caso de familias que tengan en acogimiento a menores reconocidos con la condición de persona con discapacidad por los Centros de Valoración y Orientación, la ayuda será de 100 euros/mes. La cuantía de la ayuda será individualizada por menor y abarcará los 12 meses del año.</p>
<p>Una misma unidad familiar no podrá percibir ayudas por una cuantía superior a <strong>7.000 euros</strong>, excepto en aquellos casos en que exista discapacidad, en que no habrá limitación.</p>
<p>Así que no lo dudes, solicita ya la ayuda para continuar realizando esa gran labor.</p>
<p>Ficha del servicio | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=19975a8a9ad4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es">Ayudas individuales al acogimiento familiar de menores</a><br />
Convocatoria | <a href="http://www.asturias.es/bopa/disposiciones/repositorio/LEGISLACION37/66/2/001U004F9W0001.pdf">Bases</a><br />
Documento | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.daa404ed8ea6405eb180b41063200030/?vgnextoid=19975a8a9ad4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=638a8b2db5f4e010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextfmt=normativa&amp;i18n.http.lang=es&amp;pagini=1&amp;canalSeleccionado=2">Normativa de referencia</a></p>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Ayudas a la asistencia sanitaria y farmaceútica dirigidas a personas con discapacidad</title>
		<link>http://asturiastramita.es/2010/09/07/ayudas-a-la-asistencia-sanitaria-y-farmaceutica-dirigidas-a-personas-con-discapacidad/</link>
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		<pubDate>Tue, 07 Sep 2010 10:18:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[AyudasySubvenciones]]></category>
		<category><![CDATA[Ciudadanía]]></category>
		<category><![CDATA[Servicios Sociales]]></category>
		<category><![CDATA[Trámites municipios Asturias]]></category>
		<category><![CDATA[discapacidad]]></category>
		<category><![CDATA[salud]]></category>
		<category><![CDATA[ServiciosSociales]]></category>

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		<description><![CDATA[Información sobre cómo utilizar el servicio electrónico del Gobierno del Principado de Asturias (www.asturias.es) que permite solicitar las Ayudas a la asistencia sanitaria y farmaceútica dirigidas a personas con discapacidad]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/03/ayudas.jpg"><img class="size-medium wp-image-2031 alignleft" title="ayudas" src="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/03/ayudas-300x199.jpg" alt="" width="300" height="199" /></a>Ya se sabe que las necesidades sanitarias y farmaceúticas que precisan las personas con discapacidad pueden suponer una gran cantidad de dinero. Por eso, y para facilitarles las cosas, la Consejería de Bienestar Social y Vivienda del Gobierno del Principado ofrece algunas prestaciones que pueden aliviar los bolsillos de quien tienen que hacerse cargo de estos gastos adicionales. Se trata de la <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=1d6afe3f6fd4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=b0c3b8db8222a010VgnVCM100000bb030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es&amp;f1=1281045600000&amp;f2=1609455600000&amp;f3=28846800000&amp;f4=1281045600000&amp;id1=0">Prestación de asistencia sanitaria y farmacéutica para personas con discapacitad</a>.</p>
<p>Solicitar estas ayudas es realmente sencillo y puede hacerse a través de Internet <strong>simplemente con disponer de certificado digital </strong>(el del DNI electrónico o el de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre), mediante la solicitud de modelo normalizado y seguir los pasos habituales que detallamos a continuación:</p>
<blockquote>
<ul>
<li>Identificación con el certificado digital</li>
<li>Cumplimentar los datos solicitados y adjuntar la documentación requerida</li>
<li>Revisar que los datos están correctamente cumplimentados</li>
<li>Firmar solicitud</li>
<li>Obtener el justificante de haber realizado el trámite <em>online</em></li>
</ul>
</blockquote>
<p>Antes de realizar la solicitud, recuerda leer detenidamente la normativa relacionada. Para obtener asistencia sanitaria y prestaciones farmaceúticas para personas con discapacidad es necesario cumplir los siguientes requisitos:</p>
<blockquote>
<ul>
<li>Tener unos recursos personales inferiores, en cómputo anual, al 70% del salario mínimo interprofesional. El nivel de recursos personales se incrementará cuando la persona con minusvalía tenga personas a cargo o forme parte de una unidad familiar, artículo 32.2 y 3 de Real Decreto 383/1984 (BOE Nº 49, de 27 de febrero de 1984).</li>
<li>Tener una minusvalía en grado igual o superior al 33%.</li>
<li>No ser beneficiario-a o no tener derecho, por edad o por cualesquiera otras circunstancias, a prestación o ayuda de análoga naturaleza y finalidad y, en su caso, de igual o superior cuantía otorgada por otro organismo público.</li>
<li>No tener derecho a las prestaciones de asistencia sanitaria, incluida la farmacéutica, del Régimen General o Regímenes Especiales del sistema de la Seguridad Social.</li>
</ul>
</blockquote>
<p>Si cumples todas las condiciones, no lo dudes, solicita tu asistencia sanitaria y farmaceútica. El <strong>plazo está abierto todo el año</strong>, sólo necesitas invertir cinco minutos de tu tiempo, seguir los pasos detallados y esperar la respuesta que te llegará por correo certificado con acuse de recibo.</p>
<p>Ficha del servicio | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=1d6afe3f6fd4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=b0c3b8db8222a010VgnVCM100000bb030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es&amp;f1=1281045600000&amp;f2=1609455600000&amp;f3=28846800000&amp;f4=1281045600000&amp;id1=0">Prestación de asistencia sanitaria y farmacéutica para discapacitados</a><br />
Documento | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.daa404ed8ea6405eb180b41063200030/?vgnextoid=1d6afe3f6fd4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=b0c3b8db8222a010VgnVCM100000bb030a0aRCRD&amp;vgnextfmt=normativa&amp;i18n.http.lang=es&amp;pagini=1&amp;canalSeleccionado=2">Normativa relacionada</a></p>
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		</item>
		<item>
		<title>Ayudas para reducir el impacto sanitario y social de la infección por VIH-SIDA</title>
		<link>http://asturiastramita.es/2010/07/27/ayudas-para-reducir-el-impacto-sanitario-y-social-de-la-infeccion-por-vih-sida/</link>
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		<pubDate>Tue, 27 Jul 2010 10:00:11 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Asociaciones]]></category>
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		<category><![CDATA[Trámites Principado Asturias]]></category>
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		<category><![CDATA[TransmisiónSexual]]></category>
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		<description><![CDATA[Información sobre cómo utilizar el servicio electrónico del Gobierno del Principado de Asturias (www.asturias.es) que permite solicitar Ayudas para reducir el impacto sanitario y social de la infección por VIH-SIDA]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/07/sida88.gif"><img class="alignleft size-full wp-image-8021" title="sida88" src="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/07/sida88.gif" alt="" width="300" height="279" /></a></p>
<p>El otro día estuve cenando con un amigo portador del VIH-SIDA. Me comentó que su vida sería muy diferente ahora si hubiera tenido acceso a una información adecuada sobre la enfermedad y sus vías de transmisión.</p>
<p>Hace un rato le he llamado para darle una buena noticia. El Principado de Asturias otorga subvenciones a asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas específicos con objeto de reducir el impacto sanitario y social de la infección por VIH-SIDA entre el colectivo gay, lésbico, bisexual y transexual (ver <a href="http://www.asturias.es/bopa/disposiciones/repositorio/LEGISLACION36/66/14/001U004DJK0001.pdf">BOPA</a>).</p>
<p>Solicitarlo es muy sencillo. Si perteneces a una asociación o fundación de alguno de estos colectivos, sólo necesitas disponer de <strong>certificado digital (el de la FNMT o DNIe)</strong> y seguir los pasos que te indico a continuación:</p>
<blockquote>
<ul>
<li>1. Identifícate.</li>
<li>2. Rellena los datos de la solicitud.</li>
<li>3. Adjunta la documentación, que debe anexarse en formato digital.</li>
<li>4. No te olvides de comprobar los datos aportados.</li>
<li>5. Firma electrónicamente.</li>
<li>6. Obtén el justificante de la solicitud.</li>
</ul>
</blockquote>
<p>Es importante que sepas que cada asociación podrá solicitar la ayuda sólo para un único programa, aunque éste si puede incluir diferentes actividades. La <strong>cuantía máxima para cada entidad solicitante es de 18.000 euros</strong> y el plazo de solicitud termina el 29 de julio de este año.</p>
<p>Podrán beneficiarse de estas ayudas las asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro que cumplan estos requisitos:</p>
<blockquote>
<ul>
<li>En sus estatutos figura el trabajar por la salud del colectivo gay, lésbico, bisexual y transexual, especialmente en la prevención de las infecciones de transmisión sexual, incluyendo el VIH.</li>
<li>Realizar actuaciones destinadas a disminuir el impacto de estas infecciones en este colectivo.</li>
<li>Haber realizado, al menos durante los dos años naturales anteriores a la convocatoria, algunas de las siguientes actividades: prevención, información, atención, asesoramiento y apoyo social a personas afectadas por el VIH-SIDA.</li>
<li>Quedan excluidas las entidades que tengan concertado con la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios un convenio de colaboración específico o reciban cualquier otra ayuda o subvención por parte de la misma.</li>
</ul>
</blockquote>
<p>Anímate, que queda poco tiempo y este programa es de gran utilidad; la información y la prevención es fundamental para minimizar el riesgo y las consecuencias relacionadas con esta enfermedad.</p>
<p>Ficha del servicio | <a title="Ficha de servicio" href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=42b89556ad949210VgnVCM10000097030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es">Ayudas a entidades sin ánimo de lucro para programas destinados a reducir el impacto sanitario y social por VIH-SIDA entre el colectivo gay, lésbico, bisexual y transexual</a><br />
Convocatoria | <a href="http://www.asturias.es/bopa/disposiciones/repositorio/LEGISLACION36/66/14/001U004DJK0001.pdf">Bases</a> y <a title="Rectificación errores convocatoria" href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.1003733838db7342ebc4e191100000f7/?vgnextoid=d7d79d16b61ee010VgnVCM1000000100007fRCRD&amp;fecha=23/07/2010&amp;refArticulo=2010-16497&amp;i18n.http.lang=es">rectificación de errores<br />
</a>Documento | <a title="Normativa relacionada" href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.daa404ed8ea6405eb180b41063200030/?vgnextoid=42b89556ad949210VgnVCM10000097030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=30bd7650f8f19010VgnVCM100000bb030a0aRCRD&amp;vgnextfmt=normativa&amp;i18n.http.lang=es&amp;pagini=1&amp;canalSeleccionado=2">Normativa relacionada</a></p>
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		</item>
		<item>
		<title>Subvenciones para programas de integración de personas con discapacidad y su familias</title>
		<link>http://asturiastramita.es/2010/07/02/subvenciones-para-programas-de-integracion-de-personas-con-discapacidad-y-su-familias/</link>
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		<pubDate>Fri, 02 Jul 2010 08:01:13 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[AyudasySubvenciones]]></category>
		<category><![CDATA[Servicios Sociales]]></category>
		<category><![CDATA[Trámites Principado Asturias]]></category>
		<category><![CDATA[AdministraciónElectrónica]]></category>
		<category><![CDATA[convocatoria]]></category>
		<category><![CDATA[discapacidad]]></category>
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		<category><![CDATA[Sin ánimo de lucro]]></category>

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		<description><![CDATA[Información sobre cómo utilizar el servicio electrónico del Gobierno del Principado de Asturias (www.asturias.es) que permite solicitar Subvenciones para programas de integración de personas con discapacidad y su familias]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/06/Sendra+Discapacidad.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-7496" title="Sendra+Discapacidad" src="http://asturiastramita.es/wp-content/uploads/2010/06/Sendra+Discapacidad-288x300.jpg" alt="" width="288" height="300" /></a></p>
<p>España cuenta con numerosas fundaciones y entidades que se ocupan y preocupan por el bienestar social de la población, especialmente de los sectores más desfavorecidos. Con el objeto de ayudarlas y promoverlas, el Principado de Asturias concede unas <em><strong><span style="color: #333399;">subvenciones a favor de entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas en el ámbito de los servicios sociales especializados dirigidos a la integración de las personas con discapacidad y sus familias</span></strong><strong>.</strong></em> (Ver <a href="http://www.asturias.es/bopa/2010/06/16/2010-13421.pdf">BOPA</a>)</p>
<p>Estas subvenciones proporcionan <strong>dos líneas de ayuda</strong>; la primera contempla los programas ordinarios para el apoyo a la integración de las personas con discapacidad y sus familias, y la segunda, los programas esenciales por su repercusión y experiencia.</p>
<p>Para realizar el trámite y pedir la subvención no es necesario desplazarse ni perder tiempo haciendo colas ya que se puede solicitar desde casa, por Internet, a través de este <strong><a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=93975a8a9ad4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es">enlace</a></strong> del portal <a href="http://www.asturias.es">www.asturias.es</a>.</p>
<p>El plazo de solicitud está abierto desde el <strong>17 de junio</strong> hasta el próximo <strong>6 de julio</strong> de este año 2010.<br />
Para solicitar cualquiera de las subvenciones de forma online se requiere certificado digital (el del DNIe o el de la FNMT) y seguir los pasos que indicamos a continuación:</p>
<blockquote>
<ul>
<li>1. Identificarse, con Certificado Digital (el del DNIe, por ejemplo).</li>
<li>2. Cumplimentar <strong>todos </strong>los datos requeridos en la solicitud.</li>
<li>3. Aportar los documentos solicitados.</li>
<li>4. Comprobar los datos que has incluido y los archivos adjuntos.</li>
<li>5. Firmar electrónicamente la solicitud, es decir, estampar tu firma electrónica en el archivo.</li>
</ul>
<p>Una vez hecho esto, obtendrás un justificante que puedes imprimir y/o guardar.</p></blockquote>
<p><span id="more-7309"></span>Recuerda que es <strong>importante</strong> leer bien la <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.daa404ed8ea6405eb180b41063200030/?vgnextoid=93975a8a9ad4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=30bd7650f8f19010VgnVCM100000bb030a0aRCRD&amp;vgnextfmt=normativa&amp;i18n.http.lang=es&amp;pagini=1&amp;canalSeleccionado=2">normativa relacionada con el servicio</a> y cumplir con los requisitos que figuran en la ficha de servicio. Asimismo, la documentación a presentar varía en función de si es la primera vez o no que la entidad sin ánimo de lucro solicita esta subvención. Debe tenerse en cuenta que la <strong>cuantía</strong> de la ayuda no podrá superar los siguientes límites:</p>
<blockquote>
<ul>A. Programas ordinarios para el apoyo a la integración de las personas con discapacidad y sus familias: 25.000 euros.B. Programas esenciales por su repercusión y experiencia (*), al crédito asignado a cada tipo de programa esencial, según lo dispuesto en el apartado tercero de la presente resolución de convocatoria.</ul>
</blockquote>
<div id="_mcePaste">Ten en cuenta que la respuesta llegará através del BOPA, mediante notificación por correo certificado o vía telemática (para esto último debes facilitar una dirección o buzón de correo electrónico, debiendo comunicar cualquier cambio). Así que presta atención al boletín oficial y a los datos que has introducido.</div>
<p>Ánimo y a solicitar las subvenciones ¡que queda poco tiempo para que finalice el plazo de solicitud! <img src='http://asturiastramita.es/wp-includes/images/smilies/icon_smile.gif' alt=':)' class='wp-smiley' /> </p>
<p>Ficha de servicio | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=93975a8a9ad4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;i18n.http.lang=es">Subvenciones para programas de integración de personas con discapacidad</a><br />
Convocatoria | <a href="http://www.asturias.es/bopa/2010/06/16/2010-13421.pdf">BOPA</a><br />
Documento | <a href="http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.daa404ed8ea6405eb180b41063200030/?vgnextoid=93975a8a9ad4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&amp;vgnextchannel=30bd7650f8f19010VgnVCM100000bb030a0aRCRD&amp;vgnextfmt=normativa&amp;i18n.http.lang=es&amp;pagini=1&amp;canalSeleccionado=2">Normativa relacionada</a></p>
<p>(*) NOTA:</p>
<div id="_mcePaste">La línea 2, es decir, los programas esenciales por su repercusión y experiencia son:</div>
<div>
<ul>
<li>Programas de interpretación de lengua de signos española.</li>
<li>Programas de apoyo a la comunicación oral.</li>
<li>Programas dirigidos a favorecer la integración de las personas con lesión medular.</li>
<li>Programas dirigidos Integración de personas con discapacidad física y orgánica.</li>
<li>Programas dirigidos al disfrute de ocio y tiempo libre en la comunidad a usuarios de centros de apoyo a la integración, dependientes de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda.</li>
<li>Programas dirigidos a favorecer a personas con síndrome de down.</li>
<li>Programas para la dinamización y promoción del tejido asociativo en discapacidad intelectual.</li>
<li>Programas de ayuda a domicilio con pacientes afectados por la enfermedad de Alzheimer.</li>
<li>Programas dirigidos a favorecer la integración social de las personas con enfermedad de Alzheimer residentes en el Principado de Asturias.</li>
<li>Programas para la normalización social de todos los colectivos de personas con discapacidad.</li>
<li>Programas dirigidos a favorecer la integración de las personas en salud mental.</li>
</ul>
</div>
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